Política

Se restablecerán plazos y términos procesales

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Con el acuerdo general conjunto 07/2020, el Poder Judicial de Tabasco informó, que la sala constitucional del Tribunal Superior de Justicia y los órganos jurisdiccionales del sistema procesal penal acusatorio y oral, reanudarán funciones a partir de 22 de junio, con lo que desde esa fecha se restablecerán los plazos y términos procesales, sin embargo, se privilegiarán el trabajo en casa y el uso de tecnologías para atender la carga de trabajo.

De esta manera, los plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura garantizan a usuarios el principio de acceso a la justicia consagrado en la Constitución Política mexicana y adicionalmente, se protege la salud de las partes en los procesos judiciales, así como de servidores públicos ante quienes los tramitan.

Conforme a la ley de la materia laborará la sala constitucional del tribunal tabasqueño, la cual sesiona a petición de parte, esto es, cuando existe juicio, y lo hará con las medidas sanitarias y en cumplimiento estricto del protocolo de actuación contenido en el acuerdo conjunto 06/2020, emitido el 3 de junio.

Por lo que se refiere a juzgados en materia civil, familiar y mercantil, además de los órganos jurisdiccionales del sistema penal tradicional continuarán trabajando bajo el esquema del acuerdo 06 –y demás acuerdos aplicables–, que establece labores escalonadas con cumplimiento estricto de medidas sanitarias y citas telefónicas para entablar nuevos juicios de alimentos y procedimientos no contenciosos en materia familiar, hasta en tanto se emitan nuevas disposiciones.

Asimismo, en el nuevo acuerdo, denominado Para la transición gradual a la nueva normalidad, la institución dio a conocer el Protocolo de actuación para el desahogo de audiencias a través de videoconferencias, bajo el cual se regirán la sala constitucional, el sistema penal acusatorio y oral y los órganos jurisdiccionales que conocen de asuntos de justicia para adolescentes.

Y con el decreto que contiene el Plan para la transición gradual hacia una nueva normalidad y la reactivación económica, el Poder Judicial estimó necesario robustecer medidas implementadas a partir del 21 de marzo en que inició la emergencia sanitaria, para restablecer gradual y progresivamente sus actividades.

Explicó que dio seguimiento a pautas establecidas en la Declaración del Relator Especial de Naciones Unidas sobre Independencia Judicial, concernientes a emergencia del coronavirus: desafíos para la justicia, y por ello en esta etapa de transición se contará con un mayor respaldo de tecnologías de la información y el teletrabajo, a fin de proteger la vida, salud e integridad de las personas que acuden a las instalaciones del tribunal tabasqueño.

Por ello en asuntos competencia de la sala constitucional, las audiencias se realizarán preferentemente a través de videoconferencias, con excepción de aquellas en los cuales dicho órgano colegiado considere no hay condiciones para hacerlo, o por disposición de la ley reglamentaria no sea factible desahogarlas por ese medio.

Estas audiencias se regirán por el protocolo aprobado por los plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, contenido en nueve capítulos que abordan disposiciones generales, audiencias, reglas de la convivencia virtual, preparación de la audiencia, formalidades, audiencias iniciales, intermedia y de juicio oral, así como de las que se desarrollan en juzgados de ejecución de sanciones penales
El protocolo establece que las audiencias se realizarán a través de videoconferencias, preferentemente, mediante la plataforma Zoom, y al desahogarse con presencia de las partes intervinientes en el juicio, su participación generará los mismos efectos y alcances jurídicos que en una audiencia presencial, lo cual quedará grabado en el sistema de gestión judicial, como ocurre habitualmente.

Empero, cuando alguna de las partes no cuente con medios tecnológicos para acceder a las audiencias, deberá comparecer a la sede del juzgado o tribunal para disponer de una sala donde tendrá lo necesario para su intervención en la audiencia, pero deberá comunicarlo cuando menos cinco días antes de la fecha marcada para comparecer.
La salvedad se registrará cuando exista manifiesta oposición de las partes o por la gravedad, consecuencias del delito o la calidad de la víctima, por lo que las audiencias se efectuarán de manera presencial cuidando estrictamente medidas sanitarias.
En casos en que deban intervenir niñas, niños o adolescentes, el órgano jurisdiccional vigilará que su comparecencia cumpla con los estándares constitucionales que tutelan su derecho a participar en los asuntos en que resulten afectados.

Por lo que se refiere a personas con discapacidad, y quienes tengan derecho a ello, garantizará que cuenten con traductor, intérprete, asesor jurídico, defensor público o la asistencia de quienes deban participar conforme a la Constitución y las leyes aplicables.

En las reglas de convivencia virtual, se señala que quienes intervienen en el juicio deberán tener presente el entorno de una videoconferencia en que se están comunicando, por lo que cuidarán su privacidad e intimidad, así como la de los demás participantes.

En aras de garantizar el principio de defensa adecuada, se privilegiará una línea de comunicación directa y privada entre la persona imputada y su defensor, mediante los mecanismos que consideren convenientes. En los mismos términos se procederá entre la víctima u ofendido y quien le asesore.

FUENTE: LUIS RUIZ SANDOVAL / EL EDÉN MX