Política

Va Ejecutivo de nueva cuenta por prerrogativas de Partidos Políticos

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El congreso del Estado dio entrada a la iniciativa que envió el gobernador Adán Augusto López Hernández para reformar la Constitución del Estado Libre y Soberano de Tabasco y reducir las prerrogativas a los partidos políticos.

Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarara como inconstitucional la medida aprobada por el Congreso local el año pasado y que se aplica a los partidos políticos; el Gobierno de Tabasco insistió en enviar la

Durante la iniciativa que fue leída por la secretaria de la Mesa Directiva, María Esther Zapata; el Ejecutivo justificó que se tomó la decisión de disminuir las aportaciones ante la implementación de la austeridad republicana trazada por la Cuarta Transformación.

Y es que el pasado 5 de septiembre de este año, la SCJN emitió una sentencia pública  declarando inválido el inciso a) de la fracción VIII del apartado A del artículo 9 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Tabasco.

Por eso, el mandatario propuso: …VIII. El financiamiento público para los partidos políticos nacionales y locales, que mantengan su registro y alcancen el tres por ciento de la votación en la elección para Diputados inmediata anterior, se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, así como las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales y las de carácter específico, el que se otorgará conforme a lo siguiente y a lo que disponga la ley:

a)         El financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos locales se fijará anualmente en los términos establecidos por la Ley General de Partidos Políticos. El financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos nacionales se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral del Estado por el treinta y dos punto cinco por ciento (32.5 %) del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. El treinta por ciento (30%) de la cantidad total que resulte de acuerdo a lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento (70%) restante se distribuirá entre los mismos de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de Diputados inmediata anterior.

DOLORES C. HERNÁNDEZ/ EL EDÉN MX