Tabasco

Invalida corte de manera parcial “Ley Garrote”

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STAFF/EL EDÉN MX

Las reformas al código penal del estado o la llamada “Ley Garrote”, aprobada en julio de 2019 por el Congreso de Tabasco, quedó parcialmente invalidada.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló los artículos 196 bis, 299, 308 bis y 308 al considerar que violentan el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la reunión.

Las reformas anuladas imponían penalidades más severas de hasta 13 años de prisión a protestas sociales que incluían el bloqueo de vías de comunicación o de obras públicas o privadas, así como quien extorsione, coercione o trate de imponer cuotas o la realización de obras.

En contra parte, se declararon válidas las reformas a los artículos relativos a la toma de vehículos particulares para bloquear vialidades.

El ministro ponente, José Fernando Franco González Salas, señaló que se determinó invalidar los artículos referidos porque podría llevar a criminalizar los actos de protestas y expresiones legítimas.

Los efectos de la sentencia se conocerán hasta el próximo lunes, luego que el ministro ponente, González Salas, pidió tiempo para incluir el análisis de los temas abordados.