Tabasco

Aumenta un 40 % solicitud de pensión alimenticia: TSJ

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En un 40 por ciento han aumentado las solicitudes de pensión alimenticia en lo que va del año informó, el juez séptimo familiar de Centro, Orbelín Ramírez Juárez.

Comentó que por instrucción del magistrado Enrique Priego Oropeza la atención de solicitudes de pensión alimenticia es prioritaria para el Poder Judicial de Tabasco, con ello se garantiza que los menores de edad tengan sus alimentos en tiempo y forma, y se protejan sus derechos humanos.

“El magistrado Enrique Priego Oropeza, giró instrucciones para que se dé celeridad a estos temas en razón de que en los meses recientes las solicitudes de pensión alimenticia han aumentado hasta en 40 por ciento, principalmente por controversias entre las parejas y separaciones”.

Tan sólo en el juzgado séptimo familiar, abierto a partir de febrero de este año, se han iniciado 89 expedientes por comparecencia voluntaria y 251 por demanda.


Mientras, en todo el estado, de enero de 2020 hasta el 20 de septiembre pasado, se habían atendido 99 expedientes por comparecencia voluntaria; 992 por demandas, y mil 485 expedientes por consignación.

Comentó que se tiene un plazo de tres días para tramitar los expedientes desde que se presenta la solicitud se decreta favorable la petición de alimentos y se turna el expediente al actuario judicial para hacer saber a la parte demandada que ha sido decretada una pensión a favor de sus hijos, cónyuge o concubina y debe empezar a cumplir con el pago el mismo día que es notificado.

Explicó que por las restricciones de la pandemia por el momento está suspendido el procedimiento en cuanto al emplazamiento del demandado, esto es, la apertura a juicio, pero no así la garantía de los alimentos que está prevista en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Refirió que la solicitud de pensión alimenticia se puede realizar por comparecencia voluntaria sin la necesidad de un abogado, ya que por ley el juez está obligado a admitir la demanda y los trámites son gratuitos.

“Lo único que necesita presentar son acta o actas de nacimiento de sus hijos, acta de matrimonio, en caso de que la persona sea casada o de lo contrario, decir bajo protesta que vivió o vive en concubinato”.

Aseguró que el deber del Tribunal Superior de Justica es garantizar que se cobre la pensión, por ello el mismo día que se recibe la solicitud se gira el oficio y se hace llegar a la empresa o al domicilio del demandado, quien tiene tres días hábiles para comparecer ante el Departamento de Consignaciones y Pagos a realizar el pago correspondiente o se solicita a la empresa que el descuento se haga vía nómina. Advirtió que de registrarse la negativa del demandado a proporcionar alimentos a sus vástagos podría hacerse acreedor a una multa.

ABISAC MÁRQUEZ / EL EDÉN MX