Tabasco

Ordena gobierno reapertura de espacios recreativos y de esparcimiento

COMPARTIR

Ruth Pérez Magaña

Este jueves 22 de abril en el Diario Oficial del Estado se publicó el decreto emitido por el Gobierno del Estado de Tabasco y se autoriza la reapertura de espacios recreativos y de esparcimiento, los cuales deberán operar hasta en un 70 por ciento de su capacidad.

De acuerdo al documento, firmado por el gobernador Adán Augusto López Hernández, Tabasco continuará en semáforo epidemiológico naranja por el riesgo de COVID-19, no obstante, se establecieron estrategias del regreso paulatino hacia una nueva normalidad, en el cual se permite la ampliación de horarios en los servicios que ofrecen los comercios.

Sitios de abasto y suministro de alimentos y artículos de primera necesidad como las abarroteras, supermercados, tiendas de autoservicio, tiendas de conveniencia, tiendas de abarrotes, central de abasto, mercados, tortillerías, panaderías y venta de mayoreo de envases, empaques e insumas para el sector alimenticio (servicio a domicilio) y demás de similar naturaleza., podrán operar hasta las 21:00 horas.

Los restaurantes, cocinas económicas, fondas, empresas que elaboran alimentos y demás de similar naturaleza podrán operar al 70 por ciento de su capacidad de atención al público, siempre que se garantice la sana distancia, con un máximo de 10 comensales por mesa.

Los establecimientos cuyos giros y actividades han sido considerados como no esenciales podrán operar al 50 por ciento de su capacidad de atención al público, siempre que se garantice la sana distancia y deberán respetar funcionar de lunes a viernes en sus horarios habituales de apertura y hasta las 20:00 horas, los sábados en sus horarios habituales de apertura y hasta las 19:00 horas y los domingos permanecerán cerrados.

Los museos y sitios turísticos podrán operar al 50 por ciento de su capacidad de atención al público en espacios cerrados, siempre que se garantice la sana distancia y al 70 por ciento en espacios abiertos.

Cines y teatros podrán operar al 50 por ciento de su capacidad de atención al público, siempre que se garantice la sana distancia, programando sus funciones de forma escalonada.

Los gimnasios podrán operar al 50 por ciento de su capacidad de atención al público en espacios cerrados, y sin restricción en espacios abiertos, siempre que se garantice la sana distancia.

Los clubes, centros y unidades deportivas, zoológicos, jardines, parques, plazas públicas y demás de similar naturaleza, tienen permitido servicios en espacios cerrados con aforo reducido al 50 por ciento y sin restricción de aforo en espacios abiertos, siempre que se garantice la sana distancia.

Los centros religiosos podrán operar en un horario de 8:00 a 20:00 horas de lunes a domingos, con aforo reducido al 50 por ciento, siempre que no exceda de un máximo de 100 personas y que se garantice la sana distancia.

También se ordena la reapertura de las albercas recreativas y demás de similar naturaleza, las cuales podrán operar al 50 por ciento de su capacidad de atención al público,

Se ordena la reapertura de las playas a la población en general.

Se ordena la reapertura de estadios deportivos, los cuales podrán operar al 20 por ciento de su capacidad de atención al público, siempre que se garantice la sana distancia.

Los salones y recintos destinados a la realización de fiestas o eventos, y demás de similar naturaleza, incluyendo los que se encuentran ubicados dentro de los hoteles, deberán permanecer CERRADOS, hasta que así lo determine las autoridades sanitarias estatales.

Finalmente se indicó que la Secretaría de Movilidad implementará las medidas y acciones tendientes a regularizar la movilidad en la entidad,

.