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Ayuntamiento de Paraíso descarta irregularidades en suplencia temporal de la Presidencia

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Ante las versiones difundidas en medios de comunicación y espacios de opinión respecto a quién corresponde ejercer actualmente la Presidencia Municipal, el Ayuntamiento de Paraíso aclaró que la actuación de María Eliza Hernández Flores, Segunda Regidora y Síndico de Hacienda, como presidenta municipal en funciones, se encuentra sustentada en la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco.

La autoridad municipal señaló que el caso corresponde a una ausencia temporal del presidente municipal, derivada de una licencia autorizada por el Cabildo, por lo que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 63 de dicha legislación, las faltas temporales deben ser suplidas por el segundo regidor y, en su defecto, por quien le siga en número.

Bajo este supuesto, el Ayuntamiento sostuvo que María Eliza Hernández Flores, al ocupar la Segunda Regiduría, es quien debe asumir temporalmente las funciones de la Presidencia Municipal mientras permanezca la ausencia.

La administración municipal enfatizó que una licencia temporal no debe confundirse con una ausencia definitiva, ya que ambos escenarios cuentan con mecanismos de sustitución distintos previstos en la legislación.

En ese sentido, consideró incorrecto afirmar que ante una licencia temporal deba asumir automáticamente la persona registrada electoralmente como suplente del presidente municipal, debido a que la Ley Orgánica contempla de manera específica el procedimiento aplicable para las ausencias temporales.

Asimismo, el Ayuntamiento rechazó que en este caso la suplencia deba recaer necesariamente en una persona del mismo género del presidente municipal ausente, al señalar que las disposiciones relacionadas con paridad y sustitución por género corresponden a otros supuestos jurídicos.

Ayuntamiento descarta desaparición

Respecto a las versiones que incluso han planteado una posible desaparición del Ayuntamiento de Paraíso, la autoridad municipal puntualizó que esta figura no se genera de manera automática ante una ausencia temporal.

Explicó que la desaparición de un Ayuntamiento requiere la actualización de causas graves previstas en la ley, además de un procedimiento ante el Congreso del Estado y la aprobación mediante la votación calificada correspondiente.

Actualmente, sostuvo, el Cabildo de Paraíso continúa legalmente integrado, el Ayuntamiento mantiene su funcionamiento y las dependencias municipales continúan con sus actividades, mientras que los servicios públicos se prestan con normalidad.

El Gobierno Municipal manifestó su respeto a la libertad de expresión y a las distintas opiniones que se han generado en torno al tema, pero consideró necesario precisar el marco jurídico aplicable para evitar interpretaciones que puedan generar incertidumbre entre la población.

De acuerdo con el Ayuntamiento, en Paraíso existe autoridad municipal en funciones y prevalece la continuidad institucional, por lo que la administración continuará desempeñando sus responsabilidades con apego a la legalidad y al marco constitucional y legal vigente.

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