El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una disposición del Código Penal de Tabasco que abría la posibilidad de sancionar manifestaciones públicas, al considerar que vulneraba la libertad de expresión.
Durante la sesión, las y los ministros resolvieron eliminar del delito de amenazas la frase “o cualquier manifestación pública que altere la paz y el orden”, al determinar que su redacción era ambigua y permitía interpretaciones discrecionales por parte de las autoridades.
La Corte señaló que dicha disposición representaba un riesgo para el ejercicio de derechos fundamentales, como la libre expresión y la protesta social, al no establecer límites claros sobre qué conductas podían ser sancionadas.
Con esta decisión, el máximo tribunal del país refuerza la protección de las libertades civiles y establece un precedente en favor de la garantía de los derechos constitucionales en el estado de Tabasco.